Código de conducta de proveedores

1- PREÁMBULO

Point S Group, compuesto por filiales y empresas operadoras, se compromete a desarrollar altos estándares de Responsabilidad Social Corporativa (RSC) y a formalizar los comportamientos éticos esperados de todos sus grupos de interés.

Para lograrlo, Point S Group involucra a sus proveedores y subcontratistas mediante la firma de este código de conducta de proveedores.

Este compromiso implica una estrecha colaboración y la máxima diligencia para responder a nuestras preguntas y, de ser necesario, para aceptar a organizaciones externas designadas por Point S Group para auditar dichas cuestiones. Si, debido a circunstancias particulares, el proveedor no puede cumplir con ciertos términos del código, debe informar de cualquier impacto, junto con las medidas correctivas correspondientes y el procedimiento de seguimiento a lo largo del tiempo. Debe hacer lo mismo si llega a su conocimiento una práctica prohibida por el código. Estos informes deben enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico: direction@alianco.ch.

2-  COMPROMISOS DE LOS PROVEEDORES CON POINT S GROUP

2.1 Derechos humanos, derechos laborales y desarrollo del potencial humano

Point S Group espera que sus proveedores cumplan con los Convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como con toda la normativa aplicable a su ámbito de actividad. Point S Group espera que promuevan y respeten los derechos humanos en su ámbito de influencia, en particular en los siguientes temas:

  • Trabajo infantil: El proveedor se compromete a no utilizar mano de obra infantil bajo ninguna circunstancia. El término «menor» se refiere a cualquier persona que no haya alcanzado la edad mínima legal para trabajar en el país donde se realiza el trabajo, siempre que dicha edad se ajuste a las disposiciones de la OIT.
    • Trabajo forzoso u obligatorio: El proveedor se compromete a no recurrir al trabajo forzoso u obligatorio, según la definición de la OIT, es decir, cualquier trabajo o servicio exigido a una persona bajo amenaza de sanción y que esta no realice voluntariamente. El proveedor respeta la legislación local contra la esclavitud moderna.
    • Trabajo ilegal: El proveedor se compromete a no utilizar trabajos ocultos y a cumplir con las obligaciones en materia de declaración y pago a las autoridades administrativas, sociales y fiscales exigidas en los países interesados.
    • Horario laboral: El horario laboral aceptable para Point S Group se determina según la normativa de los países en los que operan los proveedores. En ausencia de una legislación nacional, y también en caso de trabajo a destajo, se deben aplicar las normas de la OIT.
    • Ganancias: El proveedor se compromete a cumplir con la legislación local sobre salario mínimo y a pagar a sus empleados sus salarios regularmente. El proveedor se compromete a pagar las horas extras de acuerdo con las tarifas establecidas por la legislación aplicable. Además,

no se podrá aplicar ninguna reducción en las tarifas salariales estándar por motivos disciplinarios.

  • Discriminación: El proveedor se compromete a no discriminar a las personas por motivos de edad, sexo, creencias religiosas, opiniones políticas, origen social o étnico, orientación o identidad sexual, discapacidad, situación familiar, nacionalidad, apellido o apariencia física. Promoverá la igualdad de trato y de oportunidades de conformidad con el principio de no discriminación de la OIT.
    • Salud y seguridad: El proveedor se compromete a declarar a todo su personal ante la seguridad social y a implementar una política de seguridad y salud que garantice un entorno de trabajo seguro y saludable para sus empleados, así como a mantener un entorno que respete la dignidad de las personas. Se deben evaluar los riesgos asociados a su actividad e implementar planes de acción para prevenirlos.
    • Diálogo social: El proveedor se compromete a garantizar a sus empleados el derecho a comunicarse libremente con su dirección sobre las condiciones laborales sin temor a acoso, intimidación, sanciones, presiones ni represalias. Asimismo, se compromete a reconocer y respetar el derecho de los trabajadores a la libre asociación, independientemente de que se afilien o no a una asociación de su elección.
    • Acoso y conducta abusiva: El proveedor se compromete a tratar a sus empleados con respeto y dignidad y a no tolerar ni participar en ninguna forma de castigo físico, acoso físico, sexual, verbal o psicológico, o cualquier otra forma de conducta abusiva.

2.2   Ética empresarial

  • Corrupción: El proveedor se compromete a llevar a cabo sus actividades de conformidad con los principios de honestidad y equidad, así como con la legislación y normativa aplicables en materia de lucha contra la corrupción, y rechaza toda forma de corrupción en el ejercicio de sus actividades. En particular, la negociación y ejecución de contratos no debe dar lugar a conductas o actos que puedan calificarse de corrupción, tráfico de influencias o delitos conexos, similares o equivalentes, según la normativa aplicable.
    • Regalos y viajes: El proveedor se compromete a abstenerse de proponer, ofrecer, solicitar o aceptar, directa o indirectamente, cualquier obsequio, invitación o cualquier otro beneficio que pueda influir o ser percibido como influenciador de una relación comercial.

Todos los obsequios e invitaciones que puedan aceptarse deben tener un valor simbólico y no ser de una naturaleza tal que influya en el juicio del destinatario o deben estar relacionados con un contenido estratégico y comercial.

  • Conflicto de intereses: El proveedor se compromete a evitar situaciones que puedan suponer un riesgo real o percibido de interferencia entre los intereses personales de un empleado o de sus familiares cercanos, ya sean personas jurídicas o físicas, y los intereses de Point S Group. La mera percepción de un conflicto de intereses es perjudicial.

El proveedor se compromete a informar a Point S Group de cualquier situación en la que pudiera existir un conflicto de intereses real o potencial con los empleados o Empresas Operadoras de Point S Group o sus familiares a fin de que las circunstancias puedan ser analizadas caso por caso.

Estos casos deben notificarse a través de la dirección de correo electrónico direction@alianco.ch, que garantiza la confidencialidad para todos los denunciantes.

  • Fraude y estafa: El proveedor y su personal se comprometen a no utilizar ningún documento o información confidencial obtenida durante su relación comercial con Point S Group como base para transacciones o para permitir que terceros negocien contratos.
    • Tráfico de información privilegiada: El proveedor y sus empleados se comprometen a no revelar, ni directa ni indirectamente, ninguna información confidencial o privilegiada.

El proveedor y sus empleados deben cumplir con la legislación aplicable sobre información privilegiada. Se abstendrán de divulgar o utilizar la documentación e información confidencial obtenida durante su relación comercial con Point S Group como base para negociar o para permitir que terceros negocien con acciones de Thermador o instrumentos financieros relacionados.

2.3  Confidencialidad y propiedad intelectual

  • Información personal y/o sensible: El proveedor se compromete a cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y demás leyes, directrices y normativas aplicables en materia de datos personales. Además, se compromete a gestionar adecuadamente la información sensible, confidencial o reservada. Dicha información no se utilizará para ningún otro fin que no sea el comercial para el que fue concebida.
    • Propiedad intelectual: El proveedor se compromete a cumplir la legislación aplicable en materia de ejercicio de los derechos de propiedad intelectual, incluida la protección contra la divulgación, patentes, derechos de autor y marcas.
    • Seguridad de datos: La seguridad de los datos y sistemas informáticos es un requisito esencial para Point S Group, que puede confiar datos o dar acceso a su sistema informático. El proveedor se compromete a cumplir con los requisitos de seguridad que Point S Group pueda transmitir. En caso de ciberataque, el proveedor informará a Point S Group lo antes posible.

2.4 Medio ambiente, salud y seguridad

Point S Group espera que sus proveedores:

  • Cumplan con las leyes y regulaciones ambientales vigentes en su propio país.
    • Realicen un seguimiento del impacto de sus actividades en el medio ambiente en términos de consumo de agua, energía, emisiones de gases de efecto invernadero y generación de residuos. Siempre que sea posible, Point S Group solicita al proveedor que evalúe periódicamente sus emisiones de gases de efecto invernadero y que lo comunique a su persona de contacto habitual dentro de Point S Group. Con base en esta información, Point S Group espera que el proveedor adopte un enfoque progresivo y procure reducir el impacto ambiental de sus productos o servicios a lo largo de su ciclo de vida.

Point S Group espera que sus proveedores incluyan criterios ambientales, de salud y seguridad en la compra de productos y servicios, y en el diseño, fabricación e implementación de sus propios productos y servicios, con el fin de reducir su impacto en dichas áreas a lo largo de su ciclo de vida, manteniendo y/o mejorando su calidad.

El proveedor se compromete a no suministrar a las filiales y empresas operadoras de Point S Group ningún producto que pueda contener sustancias prohibidas por la legislación del país o países de destino. En particular, el proveedor se compromete a cumplir con el Reglamento Europeo n.º 2023/1115, es decir, el Reglamento «EUDR» sobre deforestación, el Reglamento Europeo n.º 1907/2006/CE, el Reglamento «REACH», modificado en 2018 por el Reglamento n.º 2018/675/UE sobre productos químicos, y con la Directiva 2017/2102/UE por la que se modifica la Directiva 2011/65/UE, la Directiva «RoHS» (Directiva que restringe el uso de diez sustancias en aparatos eléctricos y electrónicos en todos los mercados afectados) y a aplicar localmente todas las demás normas vigentes o que puedan surgir.

2.5  Cadena de suministro

Point S Group espera que sus proveedores se comprometan a adoptar un enfoque al menos igual de exigente con sus propios proveedores, adoptando el código de conducta de Point S Group o su propio código. En este último caso, deberán proporcionar una traducción al inglés. En cualquier caso, se les solicitará que presenten una prueba de la implementación del código adoptado.

Point S Group espera que sus proveedores:

  • Promuevan y hagan cumplir los principios de su código de conducta con sus subcontratistas
    • Implementen un proceso de monitoreo para prevenir y gestionar cualquier riesgo que pueda tener un impacto ambiental y social significativo.
    • Cooperen con Point S Group para aplicar el presente código de conducta en la mayor medida posible. Aceptan que Point S Group o las organizaciones externas debidamente designadas evalúen o auditen los principios del código. Si, debido a circunstancias particulares, el proveedor no puede cumplir con ciertos términos del código, deberá informar inmediatamente a Point S Group en cuestión para acordar conjuntamente las medidas correctivas a implementar, enviando un correo electrónico a: purchase@alianco.ch.
    • Se anima a los proveedores de Point S Group a establecer su propio código de conducta y a transmitir sus principios a sus propios proveedores y subcontratistas.
    • En el marco de este código, Point S Group se reserva el derecho de solicitar anualmente información relativa al desempeño no financiero del proveedor.
    • La dirección de correo electrónico direction@alianco.ch está abierta a los proveedores para denunciar situaciones que no se ajusten a las prácticas éticas, si estas situaciones involucran a sus empleados o a los de Point S Group.

Este código es válido hasta que se publique una nueva versión que lo anule. No sustituye ninguna otra evaluación realizada por Ecovadis, Sedex u otros proveedores.